La Alcaldía del Ayuntamiento de Ingenio, conforme al artículo 4.c del Decreto 193/1998, por el que puede ampliar el horario de cierre de establecimientos sujeto a la Ley 1/1998, de 8 de Enero de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas, siempre que se realice de forma aislada y esporádica y, en todo caso, en un número total no superior a cinco veces dentro del año natural, ha emitido un bando por el que se ve justificada la necesidad de ampliar el horario de cierre de los establecimientos destinados a discotecas y salas de fiestas para los días 24 y 31 de Diciembre de 2008 para controlar la masiva afluencia y tránsito de personas dentro del municipio ante las fechas festivas que se aproximan y las numerosas celebraciones que con carácter familiar, público o privado van a ser celebradas, así como para garantizar el adecuado desarrollo de dichas actividades durante estas fechas.
Teniendo en cuenta que los titulares de locales destinados a Restauración y Ocio, (encuadrados en el grupo II y III del Decreto 193/1998, que establece el cierre a la 2:00 y 3:30, respectivamente), también vienen demandando la ampliación en una hora el cierre de sus establecimientos los fines de semana del mes de diciembre, incluyendo los días 24 y 31 de diciembre, el consistorio ingeniense ha resuelto establecer para los días 24 y 31 de Diciembre de 2008 para los establecimientos destinados a discotecas y salas de fiestas, así como para los Espectáculos Públicos, consistentes en Fiestas de Fin de Año que fuesen autorizadas, el horario de cierre a las 05:30 horas de la mañana, con media hora de desalojo, y los días 5, 12, 19, 24 y 31 de diciembre de 2008, para los locales destinados a Restauración y Ocio, el horario de cierre a las 03:00 y 04:30, con media hora de desalojo, respectivamente, ampliando el horario previsto para dichos establecimientos en una hora más a la prevista en el Decreto 193/1998, de la Consejería de la Presidencia y Relaciones Institucionales.
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